Puedes agregar a tu contrato de arrendamiento cualquiera de nuestros servicios notariales, incluyendo copia legalizada, protocolización o autorización de firmas por notario. Además, te ofrecemos la posibilidad de firmar tus documentos con firma electrónica simple y avanzada, todo desde la comodidad de tu hogar y sin ir a notaría. Rápido, fácil y seguro.
+100 mil usuarios. Sin planes ni suscripciones.
Firmar tu contrato de arriendo online con certificación notarial con Tu Patrimonio es muy simple, revisa a continuación los pasos para realizar el proceso de principio a fin.
1
Ingresa CORRECTAMENTE los datos solicitados para asegurar que el documento sea válido.
TIEMPO APROX: 4 minutos
2
Puedes obtener copia certificada o protocolización notarial sin ir a notaría. Nosotros lo hacemos por ti.
TIEMPO APROX: 1 minuto
3
Procesamos los pagos con plataformas seguras. Podrás pagar mediante transferencia o tarjeta.
TIEMPO APROX: 2 minutos
4
Ingresa CORRECTAMENTE los datos solicitados para asegurar que el documento sea válido.
TIEMPO APROX: 1 minuto
5
Te avisaremos cuando enviemos el documento a notaría en caso que hayas agregado algún servicio.
TIEMPO APROX: 1 minuto
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Si solicitaste algún servicio notarial, debes esperar un día hábil para recibir el documento final.
TIEMPO APROX: 24 hrs hábiles
Legalizar un documento desde cualquier lugar de Chile, incluso desde el extranjero, dependerá de la opción que elijas.
– Opción 1: Documento firmado electrónicamente – $12.990. El valor es por documento con un firmante, tendrá recargo de $2.000 por firmante adicional si se selecciona Firma Electrónica Simple y $2.500 por firmante si se selecciona Firma Electrónica Avanzada.
– Opción 2: Documento firmado electrónicamente + Copia certificada por notario – $21.980 ($700 por cada página sobre la 3°)
– Opción 3: Documento firmado electrónicamente + Protocolización notarial – $27.980 ($700 por cada página sobre la 3°)
Además, si has realizado varios pedidos en nuestra plataforma, como agradecimiento hemos dispuesto descuentos automáticos en el servicio de firma electrónica para todos los usuarios dependiendo de la cantidad de pedidos realizados anteriormente.
Tanto las empresas como las personas naturales han utilizado hasta hoy su firma manuscritas para realizar los más variados trámites y en general para manifestar la voluntad en un documento. Hoy con la firma electrónica nos encontramos con un mundo nuevo de posibilidades que nos acercará a la sociedad de la información, pues los actos y contratos celebrados por medios electrónicos tendrán el mismo reconocimiento, protección y valor con que gozan los actos y contratos celebrados en soporte de papel.
Realizar un contrato de arriendo en línea es completamente legal.
La Ley 19.799 es la “Ley sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma”. Su fecha de publicación es el 12 de abril de 2002 y fue promulgada el 25 de marzo del mismo año, el organismo que patrocina es el Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Economía.
Te dejamos los fragmentos más importantes de la ley 19.799
Artículo 3°.- Los actos y contratos otorgados o celebrados por personas naturales o jurídicas, suscritos por medio de firma electrónica, serán válidos de la misma manera y producirán los mismos efectos que los celebrados por escrito y en soporte de papel. Dichos actos y contratos se reputarán como escritos, en los casos en que la ley exija que los mismos consten de ese modo, y en todos aquellos casos en que la ley prevea consecuencias jurídicas cuando constan igualmente por escrito.
Artículo 5º.- Los documentos electrónicos podrán presentarse en juicio y, en el evento de que se hagan valer como medio de prueba.
Revisa la ley 19.799 completa AQUÍ
Es un mecanismo tecnológico que permite identificar al usuario cuando realice trámites a través de Internet o redes cerradas. La ley y el reglamento constituyen las bases legales para que ciudadanos y empresas manifiesten su voluntad en la red, donde puede identificarse el firmante del documento electrónico virtualmente
Contamos con un sofisticado sistema que permite verificar la identidad de las personas que firman el contrato. Llegará un mail a cada firmante desde donde se dará inicio al proceso de firma al presionar “FIRMAR”, se recomienda realizar el proceso a través de celulares, ya que por lo general cumplen con los requisitos tecnológicos necesarios. Cada firmante podrá dar paso a su proceso de firma de forma independiente y paralela de los otros firmantes, donde tendrá que enfocar con la cámara de su celular su carnet y su rostro. A través de biometría facial se verificará la identidad del firmante, de ser correcta el documento se firmará automáticamente. Quedarán estampados con total validez legal sus datos personales, la fecha y hora en que fue firmado.
Luego que los involucrados reciben el documento para ser firmado desde sus correos electrónicos cuentan con 48 horas para firmarlo. Si se ha vencido el plazo y aún hay firmas pendientes, podrás solicitar su reactivación sin costo.
Los datos recolectados a partir del proceso de firma electrónica son recibidos y tratados según la legislación vigente por una entidad acreditada por el ministerio de economía (TOC S.A.), nunca son recibidos por Tu Patrimonio.
Con la firma electrónica que entregamos tu documento ya tiene completa validez legal.
Sin embargo, si quieres o necesitas obtener un contrato de arrendamiento legalizado también puedes hacerlo con nuestro servicio.
No es posible, ya que el documento queda sellado una vez que es enviado para firmar.
En caso que hayas encontrado algún error en el documento puedes solicitar la devolución del dinero o un cupón de descuento para volver a realizar el proceso. Debes considerar lo siguiente al momento de realizar la solicitud:
1.- Si el documento aún no ha sido firmado por todas las personas indicadas y la aplicación aún permite agregar, eliminar o modificar correos: Reembolso o cupón de descuento por el 100% del valor del pedido si se solicita dentro de los primeros 10 días seguidos desde la fecha de compra.
2.- Si el documento ha sido firmado por todas las personas y la aplicación ya no permite agregar, eliminar o modificar correos: Solo se podrá reembolsar el valor de los servicios notariales y solamente si el documento aún no ha sido firmado por notario. No se podrá entregar cupón de descuento en este caso.
3.- Si no es posible realizar la firma del documento por problemas con la plataforma se podrá realizar el reembolso del 100% del valor del servicio solamente luego de recibir asistencia de parte de TU PATRIMONIO y verificar que el problema sea producto del sistema utilizado para firma electrónica.
Pueden firmar hasta 10 personas y el valor será el mismo, ya que el valor es por documento.
Los reembolsos se realizarán mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria indicada por el usuario que contrató el servicio.
Todos los usuarios tendrán derecho a solicitar el reembolso del 100% de su dinero en los servicios y productos que aún no hayan sido utilizados y que se encuentren dentro de los 10 días siguientes de su compra.
Posterior a estos 10 días no se aceptarán devoluciones o reembolsos de los productos y/o servicios.
Hacer tu contrato online con Tu Patrimonio tiene varias ventajas respecto a otros servicios, ya que obtendrás un servicio mucho más completo, rápido y flexible. Además, puedes tener una copia del contrato certificada o protocolizad por notario. También puedes solicitar el contrato de arriendo sin notario, que es totalmente válido legalmente.